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El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma a causa del COVID-19 y su modificación tres días después por el número 465/2020 hace que no resulte sencilla la interpretación de algunas de sus normas, lo que ha motivado que se hayan sucedido varias instrucciones, criterios y notas de organismos oficiales con el fin de tratar de aclararlas que ofrecen opiniones contradictorias en algunos extremos.

En relación con esta situación y con las implicaciones que se derivan en relación con la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos, está siendo desde Laso & Asociados y desde sus profesionales objeto de especial seguimiento para el buen curso de los expedientes de nuestros cliente.

En esta sección especialmente dedicada a esta cuestión tratamos de sintetizar las principales disposiciones que se han producido tanto desde el ámbito europeo, nacional y local, además de facilitar el acceso a diferentes instituciones de relevancia jurídica y que puedan ser de utilidad.

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Laso & Asociados plenamente activo y a disposición de sus clientes por todos los canales tradicionales de comunicación a excepción de las reuniones presenciales. En todo caso, estas últimas se podrán desarrollar cuando así sea necesario por plataformas virtuales como Skype o Zoom, pudiéndose programar según vayan siendo precisas con nuestros clientes o con cualquier persona interesada en comentar personalmente alguna cuestión con nuestros letrados o con el personal administrativo.

Estamos a su disposición a través de nuestro número de teléfono habitual +34 913834310, en nuestro correo electrónico despacho@laso-asociados.com.

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